NEYBA: El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible,
por ser notoriamente improcedente, una acción de amparo incoada por la
exapirante a legisladora, Melania Salvador, contra la Junta Central
Electoral (JCE).
En su fallo contra Salvador, excandidata
a diputada por Bahoruco, el tribunal entiende que el pedimento de la
accionante corresponde ser formulado mediante el procedimiento electoral
ordinario y en tal virtud no se encuentra dentro del ámbito del amparo
electoral.
Los abogados de la demandante
solicitaban que Salvador fuera declarada como diputada, conformes a los
boletines emitidos por las juntas electorales de los municipios de
Galván, Villa Jaragua, Los Ríos, Neiba y Tamayo.
También que fuera declarada
extemporánea la solicitud en ese sentido de revisión de las actas
levantadas en los colegios electorales del municipio de Neiba,
interpuesta por el también candidato a diputado del Partido de la
Liberación Dominicana (PLD), Rafael Méndez, en fecha del 27 de mayo del
2016.
La pasada semana, la Junta Central
Electoral había declarado a Méndez como ganador, tras una revisión
manual de las 59 actas del municipio de Neiba en el nivel C1.